Pese a que con carácter general los índices y módulos que se establecen para 2015 no experimentan incremento alguno en relación con los del año anterior; en algunos casos concretos se introducen determinadas variaciones.
La primera de ellas afecta a las máquinas tipo “B”, definidas como tales en el Reglamento de máquinas de juego. Como consecuencia de recientes comprobaciones realizadas por los servicios correspondientes de la Hacienda Tributaria de Navarra, se ha constatado que los rendimientos reales medios de dichas máquinas son muy superiores a los derivados de los índices y módulos actualmente vigentes, por lo que éstos se elevan en un 25 por 100.
También se incorporan varias modificaciones en el “Anexo I. Actividades agrícolas, ganaderas y forestales”. Por una lado, se establece por primera vez un índice de rendimiento neto para los contribuyentes dedicados a la actividad forestal de extracción de resina, ya que como consecuencia de la modificación del ámbito de aplicación del régimen especial de la agricultura ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, estos contribuyentes son considerados titulares de la explotación, lo que posibilita que apliquen el régimen de estimación objetiva del IRPF.
Por otro, derivado del análisis realizado de los datos referentes a las actividades agrícolas y ganaderas, se ha considerado necesario modificar los índices de rendimiento de algunas actividades del mencionado Anexo I. Así, se distingue entre actividad de obtención de uva para vino con denominación de origen Navarra y con denominación de origen Rioja, reduciendo el correspondiente a la primera y aumentando el de la segunda.
Igualmente se reduce el índice de rendimiento de las actividades agrícolas dedicadas a la obtención de patata y de productos del olivo, así como de las ganaderas dedicadas a la explotación de bovino de leche.
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