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El Parlamento de Navarra ha aprobado «el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, a fin de buscar el alineamiento de nuestro país con la del resto de socios europeos, donde el tipo medio del impuesto se sitúa en una franja comprendida entre un 15 y un 25 por 100, frente al tipo medio en España que se sitúa en el 12,2 por 100, ha modificado la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, elevando los tipos de gravamen, el general del 18 por 100 al 21 por 100 y el reducido del 8 por 100 al 10 por 100.
Asimismo, se modifican dos de los tipos del recargo de equivalencia pasando el general del 4 por 100 al 5,2 por 100 y el aplicable a las entregas de bienes a las que resulte de aplicación el tipo impositivo reducido, del 1 por 100 al 1,4 por 100.
Del mismo modo se aumentan los tipos correspondientes a las compensaciones del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, que pasan del 10 y 8,5 por 100 al 12 y 10,5 por 100, respectivamente.
Al mismo tiempo se amplía la base del tributo mediante la modificación del tipo de gravamen aplicable a determinadas bienes y servicios, tales como flores y plantas ornamentales, los servicios mixtos de hostelería, la entrada a teatros, circos y demás espectáculos y los servicios prestados por artistas personas físicas, los servicios funerarios, los servicios de peluquería, los servicios de televisión digital y la adquisición de obras de arte, a los cuales se les aplicará el tipo general de gravamen en lugar del reducido». Fuente: BON Nº150- 31/07/2012