El plazo para solicitar el Régimen especial del Criterio de Caja en IVA finaliza el 15 de marzo

asesoría fiscalSi está interesado en acogerse al «Régimen especial del Criterio de Caja en IVA», el plazo para solicitar la inclusión finaliza el 15 de marzo.

1.- ¿EN QUÉ CONSISTE? Permite a los contribuyentes:

• Liquidar (pagar) el IVA Repercutido cuando se haya cobrado (sea total o parcial), de facturas emitidas a sus clientes.

=> Al 31 de diciembre del siguiente ejercicio se devengarán las cuotas repercutidas, aun cuando no se hayan cobrado las facturas.

• Deducir el IVA Soportado en el momento del pago (total o parcial), de las

facturas recibidas.

=> Al 31 de diciembre del siguiente ejercicio se deducirán las cuotas soportadas, aun

cuando no se hayan pagado las facturas.

2.- ENTRADA EN VIGOR: desde el 1 de enero de 2014.

3.- Es un RÉGIMEN VOLUNTARIO y hay que comunicar a Hacienda Foral la inclusión (modelo F-65)

4.- PLAZO para solicitar la inclusión:

• 15 de de marzo de 2014 (IVA trimestral)

5.- PLAZO de RENUNCIA: Diciembre de cada año (efectos el año siguiente)

=> La renuncia tiene validez mínima de 3 años.

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