Modificaciones en las indemnizaciones por despido con la reforma laboral de 2012

Tras la reforma laboral de 2012 en un despido improcedente se contabilizarán 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Los que tengan un contrato indefinido se calculará la indemnización de 45 días por año trabajado hasta la entrada en vigor de la nueva ley y las mensualidades tendrán un límite de 42.

En un despido procedente la indemnización es de 20 días por año trabajado en un máximo de 12 mensualidades. Si es el Estado el que se tiene que hacer cargo de la indemnización lo hará por ocho días en los despidos que hayan sido procedentes de las pymes.


Anuncio publicitario

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s